Contratos obra y servicio
domingo, 07 de septiembre de 2008


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SILVIA
10/02/2008 12:43:00
contratos obra y servicio
Hola, en el caso de que hagas un contrato de obra y servicio durante tres meses que es lo que dura el servicio, y al cabo de dos meses, vuelvas a contratar a la misma persona para tres meses más pero con otro horario, por ejemplo, y así sucesivament. Hay algun tiempo máximo en el que este tipo de contratación automáticamente se considere un contrato indefinido? es decir, al igual que los contratos por acumulación de tareas tienen un máximo de 12 meses durant un periodo de 18 meses en el que pasado este periodo la seguridad social te lo convierte automáticamente en indefinido aunque tu no le hayas comunicado ningún cambio, en el caso de los contratos de obra y servicio también existe algún límite? o se pueden hacer siempre sin necesidad de convertirlos en indefinidos? Muchas gracias!


Respuestas al Mensaje

SOLEDAD
17/02/2008 17:20:00
RE: contratos obra y servicio
Silvia, si haces un contrato de obra o servicio con el fin de que ese trabajador esté mucho tiempo trabajando contigo, es mejor que lo hagas de una sola vez, ya que el contrato de obra o servicio tiene fecha de inicio pero no de fin, como su propio nombre indica, el contrato termina cuando acaba la obra o el servicio para el que ha sido contratado. Si se hace contratos sucesivos en la misma empresa, al mismo trabajador, con el mismo objeto de contrato cuando éste llega a 24 meses en un perido de 30 meses el contrato se considera indefinido. Por eso es mejor que le hagas un contrato de obra o servicio hasta que tu quieras despedir a esa persona, aunque cuidado, porque si tienes una inspeccion de trabajo lo mas seguro que te lo conviertan en indefinido si no esta clara la obra o el servicio.


SILVIA
21/02/2008 14:33:00
RE: contratos obra y servicio
Muchísimas gracias, lo tendré en cuenta y veremos a ver como li hacemos porqué la obra y servicio son unos talleres que se organizan por un período de unos dos meses, se hace un descanso de un mes y se vuleven a hacer y así sucesivamente, entonces en el período que no se hacen estarán dados de alta pero no estarán trabajando... De todas maneras, muchas gracias por la información!


TRABAJADOR
24/07/2008 10:22:00
RE: contratos obra y servicio
"Por eso es mejor que le hagas un contrato de obra o servicio hasta que tu quieras despedir a esa persona" Me dais ASCO y VERGÜENZA


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