Auxilarres
alguien sabría decirme de quienes la responsabilidad penal por ejercer como higienista sin tener el títuo, y la responsabilidad civil?
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No he mirado la legislación al respecto, per imagino que la responsabilidad penal es de la persona que figure como máximo representante sanitario de la clínica o la firma dental en caso de cadenas y la responsabilidad civil de la persona no titulada, por intrusismo y por mala praxis. sería lo lógico. me has creado la duda, lo reguntaré?
Es en una situación de intrusismo laboral que supone un riesgo. Segun el colegio ellos me informaron que ganaron la primera sentencia condenatoria en este sentido, y la pena era condenatoria de dos años de privación de libertad (que la condenada no cumplió porque no tenía antecedentes penales)