RE: Provision de Fondos
No te complique la vida creando cuentas nuevas, como los abogados en su día te darán una factura emitida, lo mejor es que les abras una cuenta de acreedores (410) y contabilices en ella la provisión. Cuando te emitan la factura, te quedará todo cuadrado con el pago o la devolución que hagas o te hagan en ese momento.