Consultas

Publicado por JOSÉ
11/01/2013 13:26:00

Estimado Sr, Soy ccnsciente de que este es un foro para expertos, y que usted es reacio a solventar dudas a estudiantes, pero hay muchos, entre ellos me encuentro yo, que no lo somos expertos y pretendemos formarnos. Así pues, el motivo del presente email es que me pueda dedicar unos minutos para resolver unas cuestiones, de las que estoy seguro que le llevarán poco tiempo. Le agradeciria que tenga en cuenta esta petición: IMAGINAMOS QUE SOMOS ASESORES. IVA 18% a efectos de cálculos. 1.- Una Sociedad Limitada dedicada a la formación no reglada tiene contratados cinco trabajadores. Dicha compañía fue fundada hace cinco años, dedicándose a la actividad de formación. En el año actual, los socios se han planteado que quieren ampliar las actividades de la empresa, querrían dedicarse a actividades de consultoría en temas de formación y también a asesoramiento fiscal, laboral y contable a empresas. •¿Qué sería lo primero que tendría que hacer esta empresa para poder realizar dichas actividades? •¿Tendría que realizar algún cambio sustancial en la forma de funcionamiento de la empresa hasta el momento inmediatamente anterior a la ampliación de la actividad? •¿Qué opción crees que sería la mejor para la empresa? 2.- Don Daniel Ernesto González Martí, adquirió el 5 de febrero de HACE 10 AÑOS en la localidad de Sevilla 5 naves con la finalidad de alquilarlas. Don Daniel Ernesto González Martí se dio de alta en el epígrafe del I.A.E de arrendamiento de inmuebles un mes después de la compra de las naves. El precio de la adquisición de dichas naves fue de 1.400.000 euros, soportando un IVA del 16% en dicha venta que ascendió a 224.000 euros. Las naves son arrendadas en fechas distintas, de acuerdo con el siguiente cuadro. Nave número 1.- 1-10-2000- 4 Nave número 2.- 13-02-2000-5 Nave número 3.- 14-03-2000-6 Nave número 4.- 15-04-20XX-5 Nave número 5.- No lo ha alquilado. A finales de 20XX-3, a Don Daniel Ernesto le sale en el modelo del IVA una cuantía a devolver de 160.000 euros. Sabiendo que también está dado de alta en otra actividad: “Venta de Cosméticos”, en la cual ha pasado dos inspecciones de Hacienda, habiendo comprobado en la última que una de las personas contratadas no estaba dada de alta en la seguridad Social. •¿Crees que Don Daniel Ernesto tiene derecho a solicitar la devolución de los 160.000 euros de IVA? •¿Le aconsejarías que solicitase dicha devolución? 3.- Don José Luis Mendel Toya, un joven abogado, colegiado desde hace tres años, adquiere un vehículo para la realización de su actividad habitual por importe de 18.200 euros, soportando el correspondiente IVA (Hasta ahora no tenía vehículo). Por otro lado, adquirió una vivienda nueva en la que realiza su actividad profesional por importe de 176.000 euros. •¿Qué tratamiento le daría usted a las dos compras anteriores? •¿Qué debería hacer con respecto al IVA soportado en las ventas? •¿Habría alguna diferencia si la vivienda fuese de segunda mano? El abogado anteriormente mencionado va a comenzar a dar clases en la Universidad, ¿Tendría que realizar alguna actuación como consecuencia de ello? 4.- Usted trabaja en la Asesoría Blázquez y Cía. tiene como cliente a un empresario del sector de la construcción, el cual está sometido al régimen simplificado del IVA. El empresario tiene contratados 5 trabajadores y para el próximo año va a contratar 4 trabajadores más, ya que el Ayuntamiento de Matalascañas le ha concedido la ejecución de un bloque de viviendas de protección oficial, cuya ejecución está prevista en dos años, con lo que espera un incremento en el volumen de facturación y de los beneficios. El empresario acude a su asesoría y le hace conocedor de este extremo y le exige que le dé una solución para tributar lo menos posible a la Agencia Estatal de la administración tributaria. De la contabilidad de los años anteriores se desprende que ha tenido un volumen de facturación de 385.000 Euros, 410.000 Euros y 425.000 Euros. ¿Qué opción u opciones le ofrecería a este empresario para que el mismo pudiese conseguir su objetivo de tributar lo menos posible en los dos años siguientes?
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