Contratos obra y servicio

Publicado por SILVIA
10/02/2008 12:43:00

Hola, en el caso de que hagas un contrato de obra y servicio durante tres meses que es lo que dura el servicio, y al cabo de dos meses, vuelvas a contratar a la misma persona para tres meses más pero con otro horario, por ejemplo, y así sucesivament. Hay algun tiempo máximo en el que este tipo de contratación automáticamente se considere un contrato indefinido? es decir, al igual que los contratos por acumulación de tareas tienen un máximo de 12 meses durant un periodo de 18 meses en el que pasado este periodo la seguridad social te lo convierte automáticamente en indefinido aunque tu no le hayas comunicado ningún cambio, en el caso de los contratos de obra y servicio también existe algún límite? o se pueden hacer siempre sin necesidad de convertirlos en indefinidos? Muchas gracias!
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Respuestas (13)
Publicado por SOLEDAD
17/02/2008 17:20:00

Silvia, si haces un contrato de obra o servicio con el fin de que ese trabajador esté mucho tiempo trabajando contigo, es mejor que lo hagas de una sola vez, ya que el contrato de obra o servicio tiene fecha de inicio pero no de fin, como su propio nombre indica, el contrato termina cuando acaba la obra o el servicio para el que ha sido contratado. Si se hace contratos sucesivos en la misma empresa, al mismo trabajador, con el mismo objeto de contrato cuando éste llega a 24 meses en un perido de 30 meses el contrato se considera indefinido. Por eso es mejor que le hagas un contrato de obra o servicio hasta que tu quieras despedir a esa persona, aunque cuidado, porque si tienes una inspeccion de trabajo lo mas seguro que te lo conviertan en indefinido si no esta clara la obra o el servicio.

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Publicado por SILVIA
21/02/2008 14:33:00

Muchísimas gracias, lo tendré en cuenta y veremos a ver como li hacemos porqué la obra y servicio son unos talleres que se organizan por un período de unos dos meses, se hace un descanso de un mes y se vuleven a hacer y así sucesivamente, entonces en el período que no se hacen estarán dados de alta pero no estarán trabajando... De todas maneras, muchas gracias por la información!

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Publicado por TRABAJADOR
24/07/2008 10:22:00

"Por eso es mejor que le hagas un contrato de obra o servicio hasta que tu quieras despedir a esa persona" Me dais ASCO y VERGÜENZA

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Publicado por YOLI
15/09/2008 17:36:00

joder q sinverguenzas soys haciendo contratos basuras a ustedes os vendria mejor el pàro q a nadie partida de sinverguenzas

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Publicado por YO
22/09/2008 22:23:00

POrque son sinverguenzas... las empresas funcionan asi... pese a quien pese... yo también soy trabajadora y todos los dias hago este tipo de contratos no se contrata a la gente con el afan de despedirlos.

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Publicado por DAVID
23/01/2009 12:53:00

Hola ,tengo una duda con el contrato obra y servicio q tengo y q llevo realizando en esta empresa.Os lo cuento desde el principio lo mas breve posible.En noviembre del 2008 me hacen un contrato de obra y servicio para una cosa determinada en un sitio determinado,resulta q cuando llevo 4 meses trabajando me dicen q me tengo q ir para otro sitio q hago falta sin firmar nada x supuesto,asi estoy los 7 meses q me tiro con el mismo contrato llendo y viniendo de un sitio para otro.resulta q cuando llevo 11 meses,estoy trabajando y a las 6 salia y a las 5 me dicen q mañ n valla q ya hemos terminado.Eso x una parte,me vuelve a contratar antes de 15 para otra obra contrato obra y servicio de nuevo y asin 5 contratos encadenados sin q ninguno pase 15 dias d diferencia.He denuciado y tuvimos una vista oral y me ofrecieron dinero pero me dijeron q ahora mismo n me podian hacer indefinido x lo de la ``CRISIS``total q dije q no y ahora tamos esperando el juicio y n se lo q puede pasar,haber si alguien me puede ayudar y explicarme lo q puede pasar .MUCHAS GRACIAS Y UN SALUDO

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Publicado por DAVID
23/01/2009 13:43:00

MI primer contrato fue de 11 meses y tengo pruebas ``papeles``q demuestran q estuve trabajando en otro sitio distinto al del contrato , un saludo

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Publicado por SILVIA
25/01/2009 12:31:00

Hola, yo entiendo que teniendo en cuenta que no se ha respetado la naturalidad del contrato, es decir, que las tareas del contrato de 11 meses han sido distintas, se reconocerá el contrato como indefinido, y la empresa tendrá 2 opciones: readmitirte como trabajador indefinido o despedirte de manera improcedente y pagarte una indemnización de 45 días por año trabajado.

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Publicado por DAVID
30/01/2009 12:07:00

muxs gracias silvia.Un saludo

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Publicado por
23/05/2009 19:28:00

Tengo un contrato por obra y servicio de 4 meses. A cuantos dias de vacaciones tengo derecho?

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Publicado por SILVIA
26/05/2009 16:28:00

Hola, tienes derecho a 10 dias de vacaciones, ya que son 2,5 dias de vacaciones por mes trabajado.

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Publicado por ASP
29/12/2011 12:13:00

Tebgo un contrato d obra y servicio q se inicio enn mayo 2010. M dicen q cuando se firmo mi contrato no habia.fecha limite para este tipo.d contrato. Es decir q no hay la obligacion ni d pasarme a indefinido ni d despedirme a los dos o tres años, lo q sea, sino q puedo estar asi para siempre. A mi esto no m suena muy bien... Otra cosa es q si m kedo embarazada m da miedo q m despidan por coger la baja. De momento no lo ttengo pensado pero en un par de años m gustaría y no quiero q m despidieran por quedarme embarazada. Alguien me puede ayudar...? Mil gracias!!

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Publicado por SILVIA
30/12/2011 16:35:00

Hola, los contratos por obra y servicio que se hacían para cubrir realmente una obra antes de la ley de la reforma podían durar hasta 10 años, pero con la reforma laboral este límite ha cambiado y si no recuerdo mal, un contrato por obra y servicio puede durar como máximo hasta 3 años, una vez alcanzado este periodo te tienen que hacer fija o bien finalizar el contrato. En caso de que te quedes embarazada no te pueden despedir mientras estés de baja, ya que en estos casos el despido sería nulo y tendrían que readmitirte.

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